OBLIGACIÓN DEL PRESIDENTE MUNICIPAL DE FORMULAR E IMPLEMENTAR EL PROGRAMA DE PREVENCIÓN SOCIAL DE LA VIOLENCIA Y DELINCUENCIA

Diputado Miguel Ángel Peña Flores y la Diputada Arely Rubí Miranda Ayala presentaron iniciativa de programa municipal de prevención social de violencia y delincuencia, la cual tiene el objetivo de establecer la obligación del presidente municipal de formular e implementar el Programa Municipal de Prevención Social de la Violencia y Delincuencia; por lo que, en el presupuesto de egresos, deberán establecer las partidas necesarias para las entidad, organismos e instituciones que realizan actividades, obras o servicios acordes a los objetivos y metas del Programa Municipal de Prevención Social de la Violencia y Delincuencia.

Al exponer la iniciativa, el diputado petista Miguel Ángel Peña Flores, aseguró que, en el tema de inseguridad, para los hidalguenses es de gran importancia. Ya que de acuerdo con la Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre la Seguridad Publica 2020; el 63% de los hidalguenses mayores a 18 años, la considera como su principal tema de preocupación, seguido del desempleo, la salud, el aumento de precios, la pobreza y la corrupción. Y el 68.8% considera que su municipio es inseguro. “Las hidalguenses perciben a la calle como el sitio más inseguro, seguido del transporte público, los parques y los mercados. La sensación de inseguridad que viven y perciben las mujeres, ha afectado el desarrollo de sus actividades más básicas de la vida cotidiana”.

En este sentido, aseguró que, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que la seguridad pública es una función que está a cargo de los tres órdenes de gobierno y, que la seguridad implica la prevención del delito.

 “Es por ello que, el objetivo de esta iniciativa se establece la obligación de que los ayuntamientos elaboraren el programa de Planeación Municipal, y al Titular de Policía y Tránsito, de contribuir con el Ayuntamiento en su formulación, mientras que, se posibilita a los ayuntamientos que puedan integrar la Comisión Permanente de Prevención Social de la Violencia y Delincuencia. Por último, se hace explícito en la Ley, que el tema de prevención social la violencia y delincuencia es una materia concurrente del municipio con el Estado”.

Por último, dijo, que en el régimen transitorio se otorga un plazo de 180 días hábiles para que los Ayuntamientos formulen y aprueben sus respectivos programas.

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